miércoles, 5 de diciembre de 2012

Material de apoyo para el exámen de digital

Formas canónicas


Documentación de un proyecto

Deben aparecer al menos los siguientes apartados:

Memoria:
     Generalidades
            Objeto del proyecto.
            Solicitante.
            Justificación.
            Reglamentación.
     Descripción del proyecto (fuente).
             Descripción del funcionamiento.
             Descripción del funcionamiento de los componentes.
     Medidas correctoras de seguridad e higiene.
     Anexo de cálculos.
     Conclusión.
Planos.
Pliego de condiciones.
Presupuesto.


En el caso de suponer que se trata de un prototipo se da mucha importancia a las diferentes opciones que se han estudiado, las hipótesis, soluciones, problemas encontrados, etc. un buen ejemplo de este tipo de documentación es el siguiente:

pincha aquí

Ejercicios Álgebra de Boole


El ejercicio anterior tiene la última solución mal: sería X'Y+Y'X=XY












viernes, 23 de noviembre de 2012

Material adicional: Qcad


Para descargar el programa puedes hacerlo a través de los siguientes links:

Windows
Linux
Mac



En el siguiente enlace encontrarás la guía que el fabricante proporciona para el uso del programa:

Qcad




miércoles, 21 de noviembre de 2012

Las primera láminas:


Realiza las vistas (planta, alzado y perfil) de las siguientes figuras:
(realiza las acotaciones necesarias)





Y para los mas rápidos todo un reto:

Ejercicios introducción: Qcad

Como ya sabéis Qcad es un programa de diseño vectorial que nos permite crear planos y gráfico de una calidad aceptable de manera gratuita.

Lo primero es abrir el programa:

    Acceder a menú de inicio del ordenador del alumno, selecciona el apartado de gráficos y busca el icono del programa.

    Un programa se aprende usándolo y es por ello que comenzaremos echando una ojeada independiente a barra de menú ( barra que está en la parte superior del programa) para responder a las siguientes preguntas:

  1. ¿Dónde podemos elegir el tamaño y la orientación del papel?
  2. ¿Y las unidades que vamos a utilizar?(tengo que saber si voy a dibujar en milímetros o en centímetros, en grados o radianes.)
  3. Realiza una pequeña figura y explica en qué consisten las diferentes características de cotas que se nos proponen.
  4. En la pestaña siguiente nos hablan de splines, indaga un minuto por la red para vislumbrar el significado de este término y explícalo con tus palabras.
  5. Accede ahora a las preferencias de la aplicación, en este apartado elegiremos los valores por defecto del programa, incluidos los colores de fondo y los de las líneas. (Copia en el bloc de notas los valores inicailaes para que luego puedas volver a ellos)Para ello utiliza un código hexadecimal. Accede a la siguiente dirección y experimenta con los diferentes colores. ¿Cambia realmente el fondo de nuestra aplicación? Haz un par de capturas con el fondo y la rejilla en colores diferentes.
  6. Disminuye el minimal grid spacing ¿qué ha ocurrido?
  7. En ver podemos elegir las vistas, selecciona las opciones de capas, bloques y comandos. ¿Eres capaz de identificar cada una de ellas? Haz una captura indicando el nombre de cada una. Recuerda que para realizar una captura en linux debes utilizar la tecla impr Pant de tu ordenador y guardar, la imagen se guardará automáticamente en el escritorio, luego puedes cortar y pegar donde desees.
  8. Elige punto dentro de dibujar, ha variado la barra de herramientas en este momento. Ahora pasa al apartado de ver, la primera opción, rejilla, es muy similar a una de las herramientas asociadas al punto ¿cuál crees que es la diferencia? Como ayuda puedes utilizar los pasos que se te indican en el cuadro de comandos.
  9. ¿Para qué crees que se utiliza el cuadro de comandos? ¿Cuándo es preferible su utilización?
  10. Crea diferentes capas y juega a dibujar en cada una de ellas activando y desactivando el símbolo del ojo. ¿Para qué crees que se utilizan?

viernes, 27 de abril de 2012

Internet

Son muchos los conceptos relacionados con Internet que hemos aprendido a lo largo de estas últimas semanas. Para que os sirva de recordatorio dejo el índice del tema:



  1. Vocabulario Inicial.
  2. Derechos de autor.
  3. Creación y gestión de blogs.
  4. Navegadores.
  5. Inteligencia y nuevas tecnologías.
  6. Redes sociales.
  7. Kompozer
    • Formatos.
    • Enlaces.
    • Formularios.

miércoles, 11 de abril de 2012

Propiedad Intelectual e Industrial

¿Qué es la propiedad intelectual?

La propiedad intelectual está integrada por una serie de derechos de carácter personal y patrimonial, que atribuyen al autor de una obra literaria, artística o científica, la plena disposición sobre la misma y el derecho exclusivo a explotarla, sin más límites que los establecidos en la Ley

¿Quienes tienen la condición de autor?

Se considera autor a la persona que crea alguna obra literaria, artística o científica. A él le pertenece la propiedad intelectual sobre la misma por el simple hecho de haberla creado.


Debe destacarse que:
■No puede renunciarse a la condición de autor de la obra.
■La condición de autor no puede transmitirse “inter vivos” (venta, donación) ni “mortis causa” (testamento o herencia)
■La condición de autor no se extingue con el paso del tiempo.

Cuando la obra se da a conocer de forma anónima o bajo seudónimo, los derechos de propiedad corresponden a la persona física o jurídica que la divulga mientras el verdadero autor no revele su identidad.

Los derechos sobre una obra que sea el resultado de la colaboración de varios autores, corresponden a todos ellos.

También tienen la condición de autores:

■Artistas, intérpretes o ejecutantes: Son las personas que representan, cantan, leen, reciten o interpretan en cualquier forma una obra. En esta categoría se incluirían también el director de escena y de orquesta.
■Productores de fonogramas: Personas bajo cuya iniciativa y responsabilidad se realiza por primera vez la fijación exclusivamente sonora de la ejecución de una obra o de otros sonidos.
■Productores de grabaciones audiovisuales: Personas que tienen la iniciativa y asumen la responsabilidad de la grabación audiovisual.
■Entidades de radiodifusión: Personas jurídicas bajo cuya responsabilidad organizativa y económica se difunden emisiones o transmisiones.
■Creadores de fotografías.

 
¿Qué obras pueden ser objeto de propiedad intelectual?

Son objeto de propiedad intelectual, todas las creaciones originales literarias, artísticas o científicas que se expresen por cualquier medio o soporte.

Entre estas creaciones se incluyen, por ejemplo:
■Los libros, folletos, impresos, escritos, discursos, conferencias, informes, explicaciones de cátedra así como cualquier otra obra de la misma naturaleza.
■Las composiciones musicales, con o sin letra.
■Las obras dramáticas y dramático-musicales, las coreografías, las pantomimas y, en general, las obras teatrales.
■Las obras cinematográficas y cualquier otra obra audiovisual.
■Las esculturas y las obras de pintura, dibujo, grabado, litografía y las historietas gráficas, tebeos o comics, así como sus ensayos o bocetos y las demás obras plásticas, sean o no aplicadas.
■Los proyectos, planos, maquetas y diseños de obras arquitectónicas y de ingeniería.
■Los gráficos, mapas y diseños relativos a la topografía, la geografía y, en general, a la ciencia.
■Las obras fotográficas y similares.
■Los programas de ordenador.

También son objeto de propiedad intelectual (sin perjuicio de los derechos de autor que puedan existir respecto a la obra original):
■Las traducciones y adaptaciones.
■Las revisiones, actualizaciones y anotaciones.
■Los compendios, resúmenes y extractos.
■Los arreglos musicales.
■Las transformaciones de una obra literaria, artística o científica.
 
¿Qué derechos conlleva la propiedad intelectual?
El autor, como titular de un derecho de propiedad intelectual tiene dos tipos de derechos:

Por un lado, los derechos de carácter personal o derechos morales. Se trata de derechos irrenunciables que pertenecen al autor o al artista intérprete durante toda su vida y a su fallecimiento y pasan a sus herederos.

Entre estos derechos destacan:
■El reconocimiento de la condición de autor o artista de la obra.
■El respeto a la integridad de la obra o actuación.
■Impedir cualquier deformación, modificación, alteración de la obra que suponga un perjuicio a sus intereses o menoscabo a su reputación.
■Modificar la obra respetando los derechos adquiridos por terceros y las exigencias de protección de bienes de interés cultural.
■Decidir si su obra ha de ser divulgada y en qué forma.
■Determinar si tal divulgación ha de hacerse con su nombre, bajo seudónimo o de forma anónima.
■Retirar la obra del comercio si cambian sus convicciones intelectuales o morales, previa indemnización de daños y perjuicios a los titulares de derechos de explotación.

Por otro lado, nos encontramos con los derechos de carácter patrimonial, que a su vez pueden estar relacionados con la explotación de la obra, o tratarse de derechos compensatorios.

En cuanto a los derechos de explotación, hay que distinguir entre:
■Los derechos exclusivos, que permiten a su titular obtener una retribución o un precio por autorizar que se explote su obra de una determinada manera.
■Los derechos de simple remuneración o “licencias obligatorias”, que se reconocen por ley a favor de determinados titulares y les permiten exigir a la persona que explota su obra el pago de una suma de dinero. Esta suma puede estar determinada legalmente (licencia legal obligatoria), o fijada por cualquier otro procedimiento.

Los derechos de explotación de una obra por el autor duran toda su vida y se extienden hasta 70 años después de su muerte o declaración de fallecimiento. Los derechos de explotación de las obras anónimas y de las firmadas bajo seudónimo, duran 70 años desde su divulgación lícita.

Los derechos de explotación reconocidos a los artistas, intérpretes o ejecutantes, tales derechos tienen, en general, una duración de 50 años contados desde el año siguiente al de la interpretación o ejecución (los derechos de explotación de fotografías duran 25 años).

Cuando existe un contrato laboral o de arrendamiento de servicios entre el autor y una empresa, salvo que en el mismo se exprese lo contrario, se entiende que el autor de la obra transmite los derechos de explotación de la misma al empresario.

Así, éste no podrá disponer de la obra para un fin diferente al ejercicio de la actividad empresarial. Lo mismo sucede en el caso de la interpretación o ejecución de una obra, en que el empresario tiene los derechos exclusivos para autorizar su reproducción.

En cuanto a los derechos compensatorios que mencionábamos antes, el más relevante es el derecho por copia privada que compensa los derechos de propiedad intelectual dejados de percibir a causa de las reproducciones de las obras para uso exclusivamente privado del copista.






La infracción de los derechos protegidos por la ley de propiedad intelectual.

La infracción de los derechos que otorga la ley de propiedad intelectual puede ser castigada mediante el ejercicio de acciones civiles, penales y administrativas.

Respecto a las acciones civiles conviene señalar que se ejercitan a través del llamado procedimiento ordinario regulado en la Ley de Enjuiciamiento Civil. El titular de los derechos que se protegen por esa normativa, puede instar el cese de aquellas actividades que atenten contra los mismos y exigir la oportuna indemnización por los daños causados, tanto económicos como morales. También puede solicitar con carácter previo al inicio de las actuaciones judiciales, la adopción de las llamadas medidas cautelares destinadas a proteger sus derechos con carácter urgente.

El cese de la actividad puede consistir en:

■La suspensión de la explotación infractora.
■La prohibición al infractor de reanudarla.
■La retirada del comercio de los ejemplares ilícitos y su destrucción.
■La inutilización y, en caso necesario, destrucción de los moldes, planchas, matrices, negativos y demás elementos destinados exclusivamente a la reproducción de ejemplares ilícitos.
■El precinto de los aparatos utilizados en la comunicación pública no autorizada.

Respecto a la indemnización en el caso de que exista un perjuicio económico, el afectado puede optar entre percibir el importe del beneficio que el infractor hubiese obtenido o el de la remuneración que hubiera percibido si hubiese consentido la explotación.En cuanto a los daños morales, existe la obligación de indemnizarlos aunque no se haya producido o probado la existencia de un perjuicio económico; el importe se calculará teniendo en cuenta las circunstancias en que se produjo la infracción, la gravedad de la lesión producida y el grado de difusión de la obra.La acción para reclamar los daños y perjuicios prescribe a los cinco años desde que el interesado pudo ejercitarla.

Por otra parte, las medidas cautelares son adoptadas judicialmente en los casos en los que se produce la infracción o se teme fundadamente que puede producirse. Estas medidas pueden consistir en:

■La intervención de los ingresos que se hayan obtenido con la actividad ilícita.
■La suspensión de la actividad de reproducción, distribución y comunicación pública, según los casos.
■El secuestro de los ejemplares producidos o utilizados y el del material empleado exclusivamente para la reproducción o comunicación pública.
■El embargo de los equipos, aparatos y materiales utilizados.

En vía penal, la persona que, con la intención de beneficiarse y en perjuicio de un tercero, reproduzca, plagie, distribuya o comunique públicamente, en todo o en parte, una obra literaria, artística o científica, su transformación, interpretación o ejecución artística fijada en cualquier tipo de soporte o comunicada a través de cualquier medio, sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios puede ser castigada por cometer un delito contra la propiedad intelectual sancionado con pena de prisión de 6 meses a 2 años o de multa de 6 a 24 meses.

Esta pena también podrá imponerse a quien, de forma intencionada, importe, exporte o almacene ejemplares de dichas obras o producciones o ejecuciones sin autorización; igualmente se castigará la fabricación, puesta en circulación y tenencia de cualquier medio específicamente destinada a facilitar la supresión o la neutralización de cualquier dispositivo técnico que se haya utilizado para proteger programas de ordenador.

Siempre resulta conveniente obtener el consejo de un abogado sobre la conveniencia o no de iniciar las correspondientes acciones legales así como de las particularidades que puede presentar el caso concreto.


Registro de la propiedad intelectual:

El Registro es un organismo administrativo creado para proteger los derechos de propiedad intelectual de los autores y demás titulares sobre las creaciones de carácter literario, artístico o científico.


El Registro General de la Propiedad Intelectual forma parte de la Administración General del Estado y depende del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Existen también Registros Territoriales gestionados por las Comunidades Autónomas que tramitan las solicitudes de registro que se producen en su territorio.

La inscripción en el Registro es voluntaria por lo que la existencia de los derechos de propiedad intelectual no depende de la inscripción: los derechos de propiedad intelectual nacen con la creación de la obra.

El Registro tiene la finalidad de proteger los derechos de propiedad intelectual proporcionando una prueba de la existencia de la obra y de la titularidad que tiene sobre la misma quien la inscribe.

Otra de las finalidades del Registro es la de dar publicidad a los derechos que se inscriben.

¿Qué obras pueden inscribirseen el registo de propiedad intelectal?

En el Registro pueden inscribirse los derechos sobre todas las obras, actuaciones y producciones que se encuentren protegidas por la Ley de Propiedad Intelectual, así como los derechosde propiedad intelectual que correspondan a artistas intérpreteso ejecutantes, productores de fonogramas y grabaciones audiovisuales, entidades de radiodifusión, creadores de fotografías y determinadas producciones editoriales.


Sin embargo, no pueden ser inscritos, porque tampoco están protegidos por la Ley de Propiedad Intelectual, las ideas, procedimientos, sistemas, métodos de operación o conceptos matemáticos en sí mismos, ni tampoco las disposiciones legales o reglamentarias, resoluciones de los órganos jurisdiccionales, dictámenes de organismos públicos, y las traducciones oficiales de dichos textos.


La inscripción en el Registro de la Propiedad Intelectual


Pueden solicitar la inscripción de las obras, actuaciones o producciones, los autores de las mismas y aquellos que tengan algún derecho de propiedad intelectual.

La inscripción es eficaz desde la fecha de presentación de la solicitud, salvo que esta solicitud deba subsanarse porque falte algún dato o documento necesario para su tramitación. En estos casos la inscripción será eficaz cuando se produzca esta subsanación.

Las solicitudes de inscripción se presentan aportando el impreso oficial de la solicitud por duplicado, el ejemplar identificativo de la obra, actuación o producción, la documentación que en cada caso sea requerida y el justificante del pago de la tasa.

La obra a inscribir se presenta, como regla general, en papel debidamente encuadernado y con las páginas numeradas. El Registro también admite la presentación en otro tipo de soporte cuando el tipo de obra, su extensión, o las condiciones de archivo hagan aconsejable la utilización de otros métodos.

Así, por ejemplo:
■Si se trata de obras literarias y científicas, se aportan ejemplares debidamente encuadernados, con las páginas numeradas debiendo constar en la portada el título y el nombre del autor (también en el caso de tebeos y comics)
■En el caso de bases de datos, se presentará una memoria descriptiva que contenga su estructura, los criterios de ordenación y el sistema de acceso a los datos. También puede acompañarse una grabación de la base para que sea examinada por el Registro.
■Junto a las obras musicales se debe aportar la partitura. La letra puede figurar en una hoja aparte.
■Respecto a las obras dramáticas, debe aportarse un ejemplar de la obra debidamente encuadernado, con las páginas numeradas y la indicación del título y autor en la portada. Si se trata de obras dramático-musicales, también se acompañarán las partituras.
■En las coreografías o pantomimas se acompaña como ejemplar de la obra una descripción escrita del movimiento escénico. También se puede aportar alguna grabación.
■En las obras audiovisuales debe acompañarse como ejemplar identificativo de la obra, un resumen descriptivo. También puede acompañarse una grabación.
■En el caso de esculturas, dibujos, pinturas, grabados y litografías, como ejemplar identificativo se debe acompañar como máximo tres fotografías o copias que sirvan para identificar la obra.

La solicitud se presenta en cualquier Oficina Provincial del Registro General de la Propiedad Intelectual, donde se practica la liquidación correspondiente en concepto de tasas.

Las solicitudes de inscripción pueden sellarse también en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

El Registro es público, por lo que cualquier persona puede solicitar el acceso al contenido de los datos que figuran inscritos. En estos casos el Registro, previo abono de la tasa expedirá “certificados” o “notas simples”.

La consulta directa de las obras archivadas en el Registro está reservada de forma exclusiva a los titulares de los derechos sobre las mismas.


Copyright:
 
El titular o cesionario en exclusiva de un derecho de explotación sobre una obra o producción protegida por la ley de propiedad intelectual, puede poner delante de su nombre el símbolo © aunque la obra o producción no esté registrada y sin necesidad de tener que obtener para ello ninguna autorización. Debe indicarse además el lugar y el año de divulgación de la obra o producción.

En el caso de las copias de los fonogramas también se puede anteponer el símbolo “(P)” al nombre de su productor, indicando igualmente el año de la publicación.



Registro de la propiedad intelectual, depósito legal e I.S.B.N.
El Registro de la Propiedad Intelectual, el Depósito Legal y el I.S.B.N.El Registro de la Propiedad Intelectual tiene como finalidad la protección de los derechos de propiedad intelectual y su inscripción en el mismo tiene carácter voluntario.

El Depósito Legal recoge toda la producción bibliográfica nacional: Los impresores y productores tienen la obligación de depositar un determinado número de ejemplares de las obras en la Administración.

El I.S.B.N. (International Standard Book Number) es un código numérico internacional que los editores deben indicar en los libros y folletos. Su función es simplificar la realización de operaciones estadísticas y comerciales entre libreros y editores.


Páginas de interés:

¿Qué es la Propiedad Industrial y qué se puede proteger?

Gracias a la Propiedad Industrial se obtienen unos derechos de exclusiva sobre determinadas creaciones inmateriales que se protegen como verdaderos derechos de propiedad.

En España hay varios tipos de derechos de Propiedad Industrial:

- Diseños industriales: protegen la apariencia externa de los productos

- Marcas y Nombres Comerciales (Signos Distintivos): protegen combinaciones gráficas y/o denominativas que ayudan a distinguir en el mercado unos productos o servicios de otros similares ofertados por otros agentes económicos.

- Patentes y modelos de utilidad: protegen invenciones consistentes en productos y procedimientos susceptibles de reproducción y reiteración con fines industriales

- Topografías de semiconductores: protegen el (esquema de) trazado de las distintas capas y elementos que componen un circuito integrado, su disposición tridimensional y sus interconexiones, es decir, lo que en definitiva constituye su "topografía".

Para cada uno de estos derechos hay una legislación aplicable, siendo los textos básicos los siguientes:

- Patentes y Modelos. Ley 11/86 de 20 de marzo, de patentes de invención y modelos de utilidad

- Signos Distintivos Ley 17/2001 de 7 de diciembre de marcas

- Diseños Industriales Ley 20/2003, de 7 de julio, de protección jurídica del diseño industrial

- Topografías de semiconductores Ley 11/1988, de 3 de mayo de protección jurídica de las topografías de los productos semiconductores

Los derechos de Propiedad Industrial permiten a quien los ostenta decidir quién puede usarlos y cómo puede usarlos.

Dichos derechos se otorgan mediante un procedimiento por el organismo competente (en España la Oficina Española de Patentes y Marcas) y la protección que dispensan se extiende a todo el territorio nacional.

¿Qué se puede proteger y cómo?

Los títulos de Propiedad Industrial se refieren a las Invenciones, los Diseños Industriales, los Signos Distintivos y las Topografías de Productos Semiconductores.

Todos los derechos de propiedad industrial concedidos por la OEPM son aplicables en todo el territorio nacional.

•Marcas y nombres comerciales
•Invenciones Industriales
•Diseños Industriales
•Topografías de Productos Semiconductores

Existen derechos de propiedad industrial concedidos por organizaciones supranacionales con efectos a nivel comunitario o internacional.
•Marca Comunitaria
•Marca Internacional
•Patente Europea
•Solicitud de Patente Internacional PCT
•Diseños Comunitarios
•Diseños Internacionales

¿QUÉ ES UNA PATENTE?



 
Una Patente es un título que reconoce el derecho de explotar en exclusiva la invención patentada, impidiendo a otros su fabricación, venta o utilización sin consentimiento del titular. Como contrapartida, la Patente se pone a disposición del público para general conocimiento.

El derecho otorgado por una Patente no es tanto el de la fabricación, el ofrecimiento en el mercado y la utilización del objeto de la Patente, que siempre tiene y puede ejercitar el titular, sino, sobre todo y singularmente, "el derecho de excluir a otros" de la fabricación, utilización o introducción del producto o procedimiento patentado en el comercio.

La Patente puede referirse a un procedimiento nuevo, un aparato nuevo, un producto nuevo o un perfeccionamiento o mejora de los mismos. La duración de la Patente es de veinte años a contar desde la fecha de presentación de la solicitud. Para mantenerla en vigor es preciso pagar tasas anuales a partir de su concesión.

Ver Ley 11/1986, de 20 de marzo, de Patentes.


Patente Europea

Patente tramitada por la Oficina Europea de Patentes (OEP) en virtud del Convenio de la Patente Europea.

El sistema de la patente europea permite obtener protección mediante una única solicitud de patente en todos los países miembros del Convenio que se desee (38 países en 2008).

Una vez concedida, la patente europea produce en cada uno de los países para los que se otorga, los mismos efectos que una patente nacional sometida a la legislación del país respectivo.

La ventaja de este sistema europeo es que la protección de la invención en Europa es más fácil y menos onerosa.

La solicitud de patente puede presentarse ante la Oficina Española de Patentes y Marcas (www.oepm.es) o en las Comunidades Autónomas (Centros Regionales de Información de Patentes). La presentación puede hacerse en papel o por vía telemática.

Si bien la solicitud de patente europea puede presentarse en español, es necesaria su traducción a uno de los idiomas oficiales del Convenio (inglés, francés o alemán) para continuar el procedimiento.

Para más información: Oficina Europea de Patentes..



¿Cómo se puede obtener una patente con efectos en España?

Para obtener una patente con efectos en España pueden utilizarse tres vías:

- Vía nacional. La solicitud se elabora siguiendo los requisitos establecidos por la Ley española de Patentes de 20 de marzo de 1986.

- Vía europea: España forma parte desde 1986 del Convenio de la Patente Europea, que permite obtener un conjunto de patentes nacionales a través de una única solicitud en la Oficina Europea de Patentes (EPO).

- Vía internacional o PCT: desde 1989 España forma parte del Tratado de Cooperación en materia de patentes (PCT). Este sistema permite solicitar la protección de una invención en cada uno de los estados firmantes del Tratado Internacional de Patentes (139 en 2008), mediante una única solicitud. No se trata de un procedimiento de concesión de patentes, ni sustituye a las concesiones nacionales, sino que es un procedimiento mediante el cual se unifica la tramitación de la protección internacional.

¿Qué diferencias hay entre Propiedad Industrial e Intelectual en España?

En España la Propiedad Industrial protege todas las creaciones que están relacionadas con la industria: patentes y modelos de utilidad, signos distintivos y diseños.

Por el contrario la Propiedad Intelectual se reserva para la protección de las creaciones del espíritu en las que queda plasmada la personalidad del autor, tratándose de creaciones únicas y no producidas industrialmente o en serie.

Dichas creaciones pueden ser obras literarias y artísticas como las novelas, poemas y obras de teatro, películas, obras musicales, obras de arte, dibujos, pinturas, fotografías y esculturas o diseños arquitectónicos.

Para cada una de ellas existen leyes diferentes y los organismos encargados de su gestión son también distintos: la Oficina Española de Patentes y Marcas interviene en el reconocimiento de los derechos de propiedad industrial y el Registro de la Propiedad Intelectual en el de los derechos de Propiedad Intelectual.

Respecto a la Propiedad Industrial hay que indicar que existen Registros Territoriales en varias Comunidades Autónomas, integrados en el Registro General de la Propiedad Intelectual. En la página web http://www.mcu.es/propiedadInt/CE/RegistroPropiedad/Direcciones.html pueden encontrarse las direcciones y teléfonos de las distintas oficinas del Registro General de la Propiedad Intelectual. Dichos Registros Territoriales son los competentes para la tramitación y resolución de los expedientes de inscripción o anotación relativos a los interesados que presenten sus solicitudes en su ámbito territorial; por tanto, para cualquier consulta con respecto a la inscripción de los derechos sobre una obra artística o cualquier otra clase de obra deberá dirigirse al Registro Territorial competente o a alguna de sus Oficinas Delegadas. El Registro Central, a través de las Oficinas Provinciales, es el competente para tramitar las solicitudes de los interesados que presenten sus solicitudes en cualquiera de las restantes Comunidades Autónomas.

Páginas de interés:


Licencias Creative Commons
Poner vuestras obras bajo una licencia Creative Commons no significa que no tengan copyright. Este tipo de licencias ofrecen algunos derechos a terceras personas bajo ciertas condiciones.


Páginas de interés:

viernes, 30 de marzo de 2012

PTI 4º ESO


      Por unas razones u otras algunos de vosotros no habéis superado la materia de Informática en esta segunda evaluación. Para superarlos debéis seguir las indicaciones de vuestro PTI entre las que se encuentra la realización del cuadernillo de actividades y la realización de una prueba escrita.

     Sé que algunos de vosotros preferís trabajar en el ordenador para utilizar capturas de pantalla o simplemente como herramienta de ayuda frente a las faltas de ortografía, por ello os dejo escritas las actividades a continuación.

     También quiero recordar la importancia de las actividades del cuadernillo que contienen los conocimientos mínimos de la materia a superar y que por tanto debéis esforzaros no sólo en su realización sino en su aprendizaje para poder mostrar los nuevos conocimientos adquiridos en la prueba escrita.

     Por último decir que podéis utilizar los recreos para preguntar las dudas que se os presenten al realizar vuestros trabajos y animaros a cambiar el rumbo hacia la superación personal pues todos y cada uno de vosotros podéis superar este curso académico si ponéis todo vuestro trabajo y empeño en ello.

 

 Cuadernillo de actividades:




PowerPoint:

1. ¿Qué es Microsoft Office PowerPoint?

2. ¿Cómo puedes insertar una imagen en tu presentación?

3. ¿Cómo puedo poner un marco a una imagen ya insertada dentro de una diapositiva?

4. ¿Cómo puedo girar una imagen insertada en una diapositiva?

5. ¿Qué tipos de efectos puedes aplicar a una imagen?

6. ¿Cómo debes actuar si quieres variar el tiempo de ejecución de la animación?

7. ¿Cómo puedes insertar música de fondo en tu presentación?

8. ¿Sobre que hablamos si nos referimos a las transiciones?

9. ¿Qué podemos hacer para que las transiciones hagan de nuestra presentación algo más llamativo?

10. ¿Cómo puedo hacer para que las transiciones de mis diapositivas se realicen de manera automática tras el tiempo elegido?

11. ¿Cómo puedo cambiar el orden de dos imágenes que están una sobre otra?

12. ¿Cómo puedo cambiar el fondo de una diapositiva?

13. Si mi diapositiva está totalmente en blanco ¿cómo puedo escribir sobre ella?

14. ¿Cómo puedo cambiar la orientación de las diapositivas que componen mi documento?

15. ¿Dónde debo cambiar el autor para que así aparezca en la lista de detalles del explorador de Windows?



Excel:

1. ¿Qué es Microsoft Office Excel?

2. ¿Cómo puedo cambiar el color de fondo de una celda?¿Y el del texto?

3. ¿Cómo puedo poner los bordes a las celdas que me interesan?

4. ¿Cómo puedo unir varias celdas en una sola?

5. ¿Cómo puedo elegir el ancho de una columna?

6. ¿Cómo puedo ocultar una fila?

7. Si la columna B estuviera oculta, ¿cómo podría volver a mostrarla?

8. ¿Cuál es la función que sirve para sumar el contenido de las celdas seleccionadas?

9. ¿Cuál es la función que sirve para hacer la media aritmética de las celdas seleccionadas?

10. Representa en Excel las funciones y=x e y=x2 para los valores enteros de x comprendidos entre -10 y 10. [-10,-9,-8……….8,9,10]

a. Ambas funciones deben aparecer en la misma gráfica.

b. Debes nombrar a cada eje con su variable correspondiente (x e y).

c. El nombre de la gráfica debe ser Funciones.

d. En la leyenda debe aparecer el nombre de las funciones.

e. Imprímela y pégala a continuación.

11. Explica al procedimiento para convertir la celda A1 de la hoja 1 en un enlace a la celda B33 de la hoja 2.



Access:


1. ¿Qué es Microsoft Office Access?

2. ¿Que tipos de objetos de Access conoces?

3. ¿Cuáles son las vistas correspondientes a estos dos tipos de objetos? (Tablas y consultas)

4. Define:

         a. Campo.

         b. Registro.

5. Nombra 6 tipos de campo que conozcas.

6. ¿Qué ha ocurrido si en vista de hoja de datos nos da el error: El campo 1 no puede contener un valor Null?

7. En el tipo de campo número podemos elegir las siguientes propiedades, define cada una de ellas:

        a. Valor predefinido.

        b. Regla de validación.

        c. Texto de validación.

8. En el tipo de campo fecha/hora podemos elegir las siguientes propiedades, ¿para qué sirve cada una de ellas?:

         a. Formato.

         b. Máscara de entrada.

9. ¿Qué es una clave principal?

10. Nombra los tipos de consultas que conozcas y explica brevemente para qué sirve cada una de ellas.

11. Normalmente los formularios y los informes normalmente se realizan fácilmente con ayuda del………………….

12. ¿Para qué se utilizan los formularios?

13. ¿Qué estamos haciendo si elegimos usar los niveles de agrupamiento de los informes?

14. Explica en qué se diferencia exportar a Excel de importar desde Excel una tabla.



Repaso sobre los derechos de autor.1ºBachillerato.TICs


Estos días hemos comenzado con el estudio de Internet y las Redes Sociales. Para poder conocer estos medios con propiedad es imprescindible tener unos conocimientos mínimos sobre los derechos de autor y la propiedad intelectual por ello y como repaso de las explicaciones de esta última semana debéis realizar las siguientes actividades:


1. Define y compara:
        Copyright.
        Licencias Creative Commons.
        Patente.

2. Numera y explica las licencias de Creative Commons.

3. Define y compara ls siguientes webs:
        Jamendo
        Goear

4. ¿Qué es una red social? Encuentra al menos tres usos diferentes de las redes sociales y pon un ejemplo de cada uno de ellos.(Ejemplo: Contacto con amigos y familiares, Tuenti)

Este trabajo es de entrega obligatoria y debe realizarse a mano.
Límite de plazo: Miércoles, 11 de abril de 2012.

jueves, 15 de marzo de 2012

Microsoft Office Word 2003

Estas son sólo alguna de las preguntas que debéis plantearos al estudiar este tema:

  • ¿Cómo se usa la letra capital?
  • ¿Cómo ponemos el texto en varias columnas?
  • ¿Cómo cambiamos un texto de minúsculas a mayúsculas sin tener que volver a escribirlo?
  • ¿Cómo cambiamos ele espacio entre caracteres?
  • ¿Cómo podemos cambiar un texto a subrayado con dos líneas?
  • Uno de los efectos de texto mas conocido es el de las hormigas ¿en qué consiste?
  • ¿Qué hacemos si utilizamos la herramienta resaltar sobre un texto?
  • ¿Cómo añadimos el borde a un texto y cambiamos las características de cada línea de dicho borde? (cada línea debe tener un aspecto diferente)
  • ¿Cómo podemos cambiar el fondo de ese recuadro?
  • ¿Cómo se utilizan las herramientas de buscar y remplazar? (cuidado: ¿Qué debo hacer para que se sustituya verde y no verdes?)
  • ¿Sábes lo que es justificar un texto?
  • ¿Y utilizar los hipervínculos?
  • En ocasiones aparece una y otra vez un símbolo similar a una p invertida en nuestro documento ¿qué ha pasado y como puedo eliminarlo?
  • ¿Sabes insertar una sangría? ¿Y distinguir sus tipos?
  • Debes conocer también la forma de numerar las páginas y cómo usar los encabezados y pies de página.
  • ¿Cómo elegimos y variamos los márgenes de nuestro documento?
  • ¿Cómo cambiarías la orientación de una única página que se encuentra a mitad de un documento de word?
  • ¿Cómo elegimos la distancia entre líneas?
  • ¿Sabes qué es un texto en cursiva?
  • ¿Sabrías nombrar las diferentes partes de una ventana de word y su función? (Barra de menú, de estado, panel de tareas...)
  • ¿Cómo puedo proteger mi documento por medio de claves de acceso?
  • ¿La revisión ortográfica detectará error en la frase: "La hola rompió en la arena"?  (justifica tu respuesta)
  • ¿Cómo podemos cambiar los detalles de un documento word?(autor...)
  • Pregunta extra: ¿Cómo puedo utilizar la tabla de un documento de excel en word sin dar a copiar y pegar? (solución en una entrada anterior)
Espero os sirva de ayuda.


PowerPoint 2003

Preguntas básicas de utilización del programa:

      ¿Sabes cambiar la transición de diapositivas? Utilizar efectos, decidir el tiempo de cada diapositiva, hacer que se pasen automáticamente.
      ¿Y los sonidos de fondo? Utilizar efectos, pistas de audio, decidir cuando empiezan, cuando acaban...
      ¿Las imágenes? Sus distintas formas de inserción, el cambio de tamaño, girar, los bordes, sus efectos de entrada, salida, énfasis, elección de la velocidad de estos, del origen o destino, su ordenación, la utilización de imágenes para fondo, como se lleva una imagen al fondo, al frente...
      ¿Recuerdas lo hipervínculos? A otro documento , a una página web, a otra zona de ese mismo documento, por medio de texto y de imágenes.
      Cómo elegir la orientación de las diapositivas.
      Cómo añadir nuevos cuadros de texto y utilizar efectos sobre ellos.
  

miércoles, 14 de marzo de 2012

Access 4º ESO

A continuación aparecerá una serie de preguntas que te servirán para repasar el examen del próximo día desde el principio.

  1. ¿Qué tipo de programa es Access?
  2. Abre un archivo nuevo y llámalo práctica.
  3. Crea una nueva tabla en vista de diseño. Es para una tienda por lo que deben aparecer los siguientes campos:
    1. Artículo.
    2. Cantidad.
    3. Precio.
  4. Cada campo debe ser del tipo adecuado.
    1. Artículo Texto
    2. Cantidad número
    3. Precio Moneda
  5. Haz que el campo artículo sea la clave principal.
  6. Escribe tres registros:
    1. Abanico.78.12
    2. Peineta.105.56
    3. Castañuelas. 98.25
  7. Guarda una copia de esta tabla en formato excel.
  8. Pasa a la vista de gráfico dinámico y representa gráficamente la cantidad de cada artículo.
  9. Pasa a la vista de tabla dinámica y representa en la cabecera de las filas los artículos, en la cabecera de las columnas, su precio y coloca en la zona central la cantidad que tenemos de cada artículo.
  10. Recuerda que al cambiar la tabla dinámica cambia el gráfico dinámico, no importa, estamos practicado.
  11. Llama a esta tabla sevillasouvenirs
  12. Realiza una consulta de selección que busque aquellos artículos cuya cantidad en el almacén sea inferior a 100, nombra dicha consulta como: reposiciones necesarias.
  13. Realiza una consulta de creación de tabla que nos de una nueva tabla exactamente igual a la tabla sevillasouvenirs, se llamará sevilla2, a guardar la consulta está se llamará: consulta sevilla 2. Recuerda que debes ejecutar la consula para que la tabla se cree.
  14. Realiza ahora una consula de actualización en la tabla sevilla2. Ahora las cantidades inferiores a 100 deben cambiarse por el valor 100. Recuerda ejecutar la consulta y guarda la consulta como reposición realizada.
  15. Vamos a realizar una consulta de eliminación. Debes eliminar de la tabla sevilla 2 el registro relacionado con las peinetas.
  16. Realiza una consulta de referencias cruzadas con el asistente, deben aparecen los mismos datos y relaciones que en la tabla dinámica indicada en el apartado 8.
  17. Realiza un informe con todos los datos de la tabla sevillasouvenirs con el nombre del artículo como dato principal. El informe debe presentarse en pasos, con la hoja en horizontal y con tonos verdes.
  18. Realiza un formulario por medio del asistente que nos permita visualizar , cambiar o introducir nuevos registros.
Otros puntos fundamentales a tener en cuenta es saber utilizar los distintos tipos de campo, para qué sirven y como funcionan.
  • Texto.
  • Memo.(Texto con larga extensión)
  • Número.
  • Autonumérico.(el número lo pone el ordenador ya sea incrementalmente o aleatoriamente)
  • Moneda. (Incluye al lado del número escrito el símbolo de la moneda euro)
  • Fecha/hora (Recuerda que la máscara de entrada (fecha largo, hora corta...)es indicar al usuario como meter los datos referentes a ese campo y el formato es como mostramos ese campo una vez escrito(aaaa=año))
  • Sí/No (Sale un cuadradíto para elegirlo o no, una casilla de verificación(control))
  • Objeto OLE ( es para poder introducir sonidos, imágenes y otros documentos relacionados con nuestra base de datos)
Debemos recordar que conseguimos:
  • Al indexar un campo.
  • Al hacer que un campo sea requerido.
  • Al incluir en un campo numérico:
      • Valor predeterminado.
      • Regla de validación.
      • Texto de validación.

Access

Tipos de objetos que se han dado:

  1. Tablas.
    1. ¿Cómo creo una tabla en vista de diseño?
    2. ¿Cómo creo una tabla con el asistente?
    3. ¿Cómo creo una tabla basándome en un documento de excell?
    4. ¿Qué diferencias existen entre vincular e importar?
    5. ¿Cómo se usan los diferentes tips de vista de tablas?(4 tipos)
    6. ¿Cómo puedo pasar mi tabla de access a word o excel? (Cuidado, hay varias opciones con las que se obtienen resultados diferentes)
    7. ¿Sé utilizar las propiedades de los campos?
    8. ¿Para qué sirve una clave principal?¿Qué es y como funciona una clave principal compuesta?
  2. Consultas.
    1. ¿Qué tipos de consultas hemos dado?¿Para qué sirven y como se utiliza cada una de ellas?
    2. ¿Para que se utiliza la herramienta ejecutar?
    3. Cuando realizamos cambios en las tablas por medio de consultas ¿tienen carácter permanente o se pueden deshacer?
    4. ¿Qué tipos de visualización de consultas tenemos?
    5. ¿Sabrías realizar una consulta de referencias cruzadas?
  3. Formularios.
    1. ¿Cómo creas un formulario por medio del asistente?
    2. ¿Para que sirven los formularios?
  4. Informes.
    1. ¿Cómo creas un informe a partir del asistente?
    2. ¿Cómo pasas los datos del infome a un documento de word?
   Son muchas mas las preguntas que se podrían hacer sobre el temario dado en las clases, sin embargo, creo que estas preguntas, bien entendidas, pueden resumir el contenido de lo explicado en el aula.

    Quizás como repaso pueda venir bien mirar la entrada de Access para alumnos de 4º de ESO.

miércoles, 7 de marzo de 2012

De excel a word.2003.

Si estamos trabajando en un documento de word y necesitamos insertar una tabla de excel lo podemos hacer desde word:barra de menú/insertar/objeto/desde archivo.

También podemos seleccionar la tabla en excel copiar y pegar pero esta opción es más tediosa, en mi humilde opinión.

Listas Excel

    Como respuesta a algunao de vosotro sobre como crear y gestionar una lista en Excel 2003 escribo esta pequeña entrada.

    Debéis practica la creación y gestión delistas personalizadas (listados de elementos que quedarán guardads para su uso cada vez que abramos Excel) en la barra de menú/herramientas/opciones/listas personalizadas.

    Recuerda que si haces la lista sin señalar celdas, a través del cuadro blanco qe aparece en esta opción, debes separar un elemento de otro de la lista por medio de comas.

Espero haber sido de ayuda.

jueves, 19 de enero de 2012

Preparando el examen de excel


El examen de Excel será el próximo viernes 27 de enero, salvo excepciones (en caso de no asistencia justificada se traslada al día inmediatamente posterior en el que se tenga clase).


Como guía para su estudio recomiendo practicar los ejercicios que hemos realizado en clase:

  • Representación de funciones.
  • Cambios de sistema de numeración.
  • Comparadores. (Lotería)
  • Etc.

Entre otros puntos están:

  • Tipos de formato en celdas, filas, columnas, etc.
  • Formato condicional (utilizar más de una condición y saber eliminarlas también)
  • Ocultar y mostrar filas y columnas.
  • Comentarios.
  • Utilizar los diferentes tipos de gráfico, cambiar el tipo de una serie concreta, elegir y eje y otro, las características estéticas de estos, añadir una nueva serie a un gráfico ya realizado, etc.
  • Utilización de las funciones básicas (producto, suma, promedio, etc.)
  • Realización de hipervínculos (a una Web, a otro documento, a un lugar concreto del mismo documento)
  • Cambio de propiedades de un documento.
  • Elección de la configuración de la página.
  • Inserción de número de página y encabezados y pies de página.
  • Utilización de las hojas de un libro (cambio de nombre, creación de hojas nuevas, utilización de celdas de hojas distintas)
  • Referencias relativas y absolutas.
  • Opciones de seguridad de un documento.
  • Creación, gestión y utilización de listas. (herramientas, opciones, listas personalizadas)
  • Auditoría de fórmulas, incluyendo el uso de su barra de herramientas.

Mucho ánimo a todos.